Resolución Ministerial: 128/10 OPDS

MODIFICAR LOS CóDIGOS 15.2 Y 15.3 DEL ANEXO ÚNICO DE LA RES. 19/09, REF:15.2 EN CONCEPTO DE TASA POR VERIFICACIóN Y CONTROL, POR AñO O FRACCIóN DE VIGENCIA DEL PERMISO, POR CADA SITIO O POR CADA TITULAR O RAZóN SOCIAL LOCALIZADA- OPDS

Promulgación: DEL 29/3/10 Publicación: DEL 4/6/10 BO. Nº 26370

 

 

Provincia de Buenos Aires
ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Nº 128/10

La Plata, 29 de marzo de 2010.

VISTO

l expediente N° 2145-985/10, la Ley N° 13.757, el Decreto Nº 4677/97, la Resolución del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible N° 19/09, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 19/09 se adecuaron los valores de los servicios arancelados contemplados en el Anexo I del Decreto Nº 4677/97 "Listado de Servicios y Valores para la determinación de Aranceles";

Que se expidió la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental considerando necesaria la adecuación de los aranceles a abonar en concepto de servicios prestados por este Organismo Provincial vinculados con la instalación y funcionamiento de equipos generadores de radiaciones no ionizantes en el rango de frecuencias mayores a 300 khz;

Que la modificación arancelaria impulsada, conforme lo informado por el área técnica con incumbencia, encuentra sustento en la evaluación de la complejidad de las tareas y controles a realizar y las distancias a cubrir en el territorio de la provincia de Buenos Aires;

Que dictaminó favorablemente la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y por el artículo 9º del Decreto Nº 4677/97;

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Modificar los códigos 15.2 y 15.3 del Anexo Único de la Resolución N° 19/09, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

15.2 En concepto de tasa por verificación y control, por


año o fracción de vigencia del permiso, por cada

 

sitio o por cada titular o razón social localizada en

 

una misma estructura

 

a) Sitios de comunicaciones

$ 1.100

b) Sitios de Radio FM

$ 1.500

c) Sitios de Radio AM y Televisión

$ 3.500

d) Sitios de Telefonía Básica y Celular

$ 6.000

15.3 Por otorgamiento de Permiso de Instalación y

 

Funcionamiento para generadores de Radiaciones

 

No Ionizantes; por cada sitio o por cada titular o

 

razón social localizada en una misma estructura

 

a) Sitios de Comunicaciones

$ 1.500

b) Sitios de Radio FM

$ 2.000

c) Sitios de Radio AM y Televisión

$ 3.500

d) Sitios de Telefonía Básica y Celular

$ 5.500

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Dirección General de Administración. Cumplido, archivar.

José Manuel Molina
Director Ejecutivo OPDS

C.C. 6.793